Para la Constitución española, las hoy llamadas Personas mayores, somos las de la “Tercera Edad”, una denominación que actualmente no es admitida, pero que en 1978, con el concepto que se temía de este colectivo en aquella época, y la mentalidad de los “Padres de la Constitución” no nos tiene que extrañar.
Por lo tanto, con mis 83 años y jubilado, según la Constitución Española soy una Persona de la “Tercera edad”, y como además milito en una asociación que reúne a personas de esta misma “calificación social”, me he preocupado de ver lo que dice esa Constitución Española, que algunos defienden a ultranza y otros la rechazan con igual o parecido entusiasmo.
He repasado todo el articulado de la Constitución y la única referencia a las Personas de la “Tercera edad”, está en el artículo 50, donde dice que…
“Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, su suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad”
Yo entiendo por “adecuada” aquella que permite vivir con dignidad, y por “periódicamente actualizada” aquella que mantiene el poder adquisitivo de los perceptores de la pensión.
Y viendo que estamos lejos de que se cumpla esto que dice la Constitución, yo me pregunto, ¿No son Partidos Constitucionalistas quienes están Gobernando España desde hace más de cuarenta años?, ¿Y no es el Gobierno de España quien debe actualizar las pensiones para que estas permitan una vida digna a todas las Personas mayores? Yo creo que sí, pero no lo han hecho, ni lo hacen.
Esto me hace pensar que el “cariño” de los sucesivos Gobiernos y de los llamados Partidos Constitucionalistas por la Constitución Española, es muy selectivo: lo que me interesa SI y lo que no me interesa NO.
Así nos luce el pelo, o la calva, porque a los de la “Tercera edad”, como nos califica la Constitución Española, el pelo ya nos luce poco.
Ismael Arnaiz Markaida
(miembro de Hartu emanak)
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